inmediato
todos los productos

Introduce el rango de precios:
Aplicar filtros
 

Solicitud de devolución del IVA para mercancías con destino fuera de la CEE
 
 

1) PARA ENTIDAD PRIVADA SEGÚN LA LEY 38/TRIMESTRE D.P.R 633/72

Para aquellos que deseen tener la exención del IVA para

BIENES DESTINADOS AL EXTRANJERO SEGÚN LA LEY 38/TRIMESTRE D.P.R 633/72

deberá solicitarlo expresamente en las notas del pedido.

Se utilizará el procedimiento Otello - Agencia de Aduanas.

El material deberá ser recogido en tienda por el cliente.

La devolución del IVA se realizará después de que la aduana italiana acepte la solicitud a través del portal Otello.

Para la gestión del expediente se retendrá el 1% con un mínimo de 25 euros + IVA en función de los costes bancarios en el espacio europeo con Iban europeo.

Para devoluciones en otros continentes por la gestión del expediente se retendrá el 1,5% con un mínimo de 40 euros + IVA

La devolución del IVA se realizará dentro de los 30 días siguientes a la aceptación de la solicitud por parte de la aduana italiana.



2) PARA SUJETOS CON NÚMERO DE IVA CON BIENES NO IMPONIBLES SEGÚN EL ART. 8 Decreto Presidencial 633/72

Para las empresas que deseen tener la exención,

la mercancía deberá enviarse necesariamente por mensajería y realizarse los trámites aduaneros.

El trámite concluirá con el envío de la documentación aprobada por la aduana.

Todos los gastos de transporte por mensajería y aduanas son responsabilidad del comprador.

Para gastos de gestión de práctica se cobrará el 0,5% con un mínimo de 20 euros + IVA